El legado de Rousseau

Legado filosófico
En 1762, la publicación de "El Contrato Social" fue causa de su expulsión de Francia, refugiándose en Neuchatel. Los planteos que hacía Jean-Jacques Rousseau en esta obra fueron la semilla de la Revolución Francesa. Hablaba de la soberanía de la voluntad del pueblo, de los soberanos como mandatarios del pueblo, y de la República como forma perfecta de gobierno. Para Rousseau la ley o derecho de naturaleza no es una imposición, no es una cuestión dada. Señala que todo lo que nosotros podemos ver con gran claridad respecto a esta ley es que, no sólo para que sea ley es preciso que la voluntad de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento de ella, sino que es preciso también, para que sea natural, que hable de modo inmediato.

Hace bien a un pueblo obedecer cuando se ve forzado, pero es mejor cuando se ve forzado a sacudir el yugo. Por esta razón este gran pensador intentó demostrar que el pueblo puede también hacer parte de las decisiones


Legado político: La fraternidad
Después de tantos escritores políticos, de los que Hobbes y Locke sólo eran los más relevantes, que habían propuesto una explicación contractual del paso del estado natural al social ¿era posible hacer una obra original sobre un tema tan debatido?

Rousseau, según Madame Stael, no inventó nada, sino que inflamó todo; es un error. El Rousseau de El Contrato es verdaderamente inventor. Es cierto que se inspira en sus predecesores, en Maquiavelo (sobre todo en el de los discorsi), en Montesquieu. Es verdad que ha sufrido profundamente la influencia de su atavismo ginebrino y calvinista: jamás pierde de vista cierto ideal constitucional, tomado de la historia de Ginebra, y del cual con gran pesar por su parte, la parecía que se separaba cada vez más de la ciudad de Calvino. Pero todos estos elementos se encuentran tramados en el cerebro poderoso y complicado del autor, en el corazón orgulloso de plebeyo, constantemente herido al contacto de la sociedad aristocrática, inigualitaria. El resultado de ello es esa gran obra difícil de leer, del contrato social, tan diferente del espíritu de las leyes.

¿Donde está, pues, en esta obra célebre la invención? Hela aquí: esa libertad y esa igualdad, cuya existencia en el estado de naturaleza es tradicionalmente postulada, Rousseau pretende volver a encontrarlas en el estado de sociedad, pero trasformadas, habiendo sufrido una especie de modificación química, "desnaturalizadas".

Hay creación de una nueva naturaleza en el hombre, lo que permite a éste superar la contradicción, inherente al estado social, entre sus inclinaciones individuales y sus deberes colectivos. Esta es la primera y capital invención de Rousseau. Tiene como pivote la concepción misma del soberano, de la soberanía y de la ley que el autor hace derivar del contrato social.

Rousseau se ve conducido, por esta vía, a una distinción radical, y que desde el ángulo que él lo presenta, es sólo suya, entre el soberano y el gobierno.

La obligación social no puede estar fundada legítimamente en la fuerza. No hay derecho del más fuerte. El único fundamento legítimo de la obligación se encuentra en la convención establecida entre todos los miembros del cuerpo que se trata de constituir en sociedad, y cada uno de los cuales contrata "por decirlo así consigo mismo", no ligándose, en suma, más que a su propia voluntad. Todo deriva del libre compromiso del que se obliga. El pacto social no puede ser legítimo mas que cuando nace del consentimiento obligadamente unánime y en favor de la comunidad, cada uno se compromete hacia todos, dándose a todos, no se da a nadie. cada uno adquiere sobre cualquier otro exactamente el mismo derecho que le cede sobre sí mismo.

Cada contratante está ligado, sin estar, sin embargo, "sujeto" a nadie, porque cada uno, uniéndose a todos, no obedece, sin embargo, más que así mismo y queda tan libre como antes.

La libertad está a salvo. Pero la obediencia, sin la cual no hay cuerpo político también lo está. El pueblo en la democracia, es, en ciertos aspectos, el monarca; en otros es el súbdito. No puede ser monarca más que por su sufragio, que son sus voluntades. Cada miembro del cuerpo político es a la vez ciudadano y súbdito, ciudadano miembro del soberano, en tanto que participa en la actividad del cuerpo político. Súbdito en tanto que obedece a las leyes votadas por éste cuerpo político, por éste soberano del cual es miembro.